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Gobierno de la República de Honduras y CREE, Comisión Reguladora de Energía Eléctrica de Honduras

Usuarios Autoproductores

¡Conviértete en Usuario Autoproductor!

Genera tu propia electricidad, reduce tus costos de consumo y aprovecha tus excedentes mediante su inyección autorizada a la red eléctrica. Si deseas convertirte en autoproductor, completa y presenta los formularios requeridos ante tu empresa distribuidora y cumple las normas establecidas por la CREE y la ENEE.

Registro en línea: próximamente Mira qué necesitas

Mientras tanto, el trámite para ser autoproductor se presenta ante tu empresa distribuidora.

Casa con paneles solares sobre el techo, con cerros y una ciudad hondureña al fondo
  • Ahorro económico
  • Inversión en energías limpias
  • Participación ciudadana y empresarial
  • Un sistema eléctrico más sostenible

¿Qué es un usuario autoproductor?

Es un usuario del servicio eléctrico que tiene, dentro de su casa, negocio o instalaciones, equipos que generan electricidad para su propio consumo, con o sin baterías, y que pueden funcionar conectados en paralelo con la red de distribución.

NTUAP art. 3; RLGIE art. 47

Lo que generas sirve primero para abastecer tu consumo. La energía que te sobra puede inyectarse a la red de tu empresa distribuidora, que la reconoce como crédito en tu factura conforme a la normativa vigente. La norma técnica se aplica a usuarios residenciales y comerciales con equipos que aprovechan recursos renovables.

NTUAP arts. 1 y 30

Paso a paso

¿Qué necesitas para ser autoproductor?

  1. Contar con un contrato de suministro eléctrico

    Debes tener un contrato de servicio eléctrico con la empresa distribuidora, como la ENEE en su área de servicio. Si no tienes uno, debes solicitar un nuevo suministro a la distribuidora correspondiente.

    NTUAP art. 7

  2. Instalar un sistema de generación de energía

    Puedes generar tu propia electricidad mediante paneles solares, sistemas eólicos (viento) u otras tecnologías de generación permitidas por la normativa.

    NTUAP art. 1

  3. Producir energía según tus necesidades de consumo

    Tu sistema debe tener un tamaño adecuado a la electricidad que necesitas, considerando tu consumo y tu demanda máxima. La idea es producir principalmente para tu uso y aprovechar los excedentes, respetando los límites establecidos.

    RLGIE art. 47 A; NTUAP art. 16

  4. Solicitar autorización para conectar tu sistema

    Presenta a la empresa distribuidora, como la ENEE, la solicitud y los documentos técnicos de tus equipos para que evalúe y autorice la conexión a la red eléctrica.

    NTUAP art. 7

  5. Contar con un medidor bidireccional

    Es un medidor que registra la electricidad que consumes de la red de distribución y la electricidad sobrante que envías a esa misma red. Sirve para medir los excedentes que inyectas y determinar los créditos correspondientes en tu factura, conforme a la normativa vigente.

    NTUAP art. 22

  6. Formalizar tu condición de autoproductor

    Una vez cumplidos los requisitos y las condiciones de conexión, debes firmar una adenda (documento adicional) a tu contrato de suministro eléctrico con la empresa distribuidora. Este documento formaliza las condiciones aplicables a tu sistema de autoproducción y a la energía que inyectas a la red.

    NTUAP art. 32; Res. CREE-32-2026

¿Qué hace la CREE?

La CREE regula, supervisa y evalúa que se cumpla la normativa para que la autoproducción y la inyección de excedentes se realicen en condiciones técnicas, económicas y de calidad, en beneficio de los usuarios y del país.

  • Regula
    Aprueba la norma técnica de autoproductores y los modelos de adenda al contrato de suministro.
  • Supervisa
    Recibe de las distribuidoras la información de los autoproductores conectados a su red y puede pedir más.
  • Evalúa
    Que la autoproducción y la inyección de excedentes cumplan la normativa.

NTUAP arts. 5 y 32

Tu empresa distribuidora

La empresa distribuidora de tu zona recibe tu solicitud, evalúa la conexión de tu sistema, instala o reprograma el medidor y firma contigo la adenda.

También lleva el registro de los usuarios autoproductores conectados a su red y lo informa a la CREE.

NTUAP arts. 5, 7, 22 y 32

Novedad 2026

Modelos de adenda al contrato de suministro

Con la Resolución CREE-32-2026, del 30 de septiembre de 2026, la CREE aprobó los modelos de adenda al contrato de suministro de energía eléctrica para usuarios autoproductores residenciales y comerciales: uno para persona natural y otro para persona jurídica.

Son los modelos que se usan para formalizar tu condición de autoproductor con la distribuidora.

Res. CREE-32-2026; NTUAP art. 32

¡Participa y aprovecha las oportunidades del sistema eléctrico hondureño!

Revisa la normativa y prepara tu solicitud con tu empresa distribuidora.

Registro en línea: próximamente

Mientras tanto, el trámite para ser autoproductor se presenta ante tu empresa distribuidora.

Aviso legal

Esta página resume en lenguaje sencillo la normativa vigente y no la reemplaza. Los requisitos, los procedimientos y las condiciones aplicables son los que establecen la Norma Técnica de Usuarios Autoproductores, el Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica y los acuerdos y resoluciones de la CREE vigentes. Si hay diferencias entre esta página y la normativa publicada en La Gaceta, prevalece la normativa.

Fuentes normativas

Los enlaces abren el sitio de la CREE en otra ventana. Si una recopilación difiere de La Gaceta, prevalece La Gaceta.